“Dos senadoras del PP, Elvira Velasco y Dolores Pan, querían conocer
cuánto cuesta al erario público los altos cargos del Gobierno. Querían
la información por ministerios y por años, desde 2004, dividida entre
asesores y altos cargos. Presentaron el pasado junio 17 preguntas
escritas al Gobierno redactadas con mucha precisión. La respuesta
ocupaba cuatro líneas: “La información interesada se encuentra a su
disposición en la documentación que acompaña a los Presupuestos de cada
año, que se remite a las Cámaras”.
Tras conocer la respuesta, Elvira Velasco se declaraba asombrada por
lo que consideraba una falta de respeto a ella y a la Cámara. Como
ella, son pocos los diputados y senadores que, a lo largo de una
legislatura, tienen la oportunidad de hacer preguntas orales a los
ministros, cara a cara, y salir en las noticias. Pero a todos (350
diputados y 264 senadores) les asiste el derecho de controlar al
Gobierno mediante preguntas escritas. Pueden preguntar lo que quieran,
siempre que sea competencia gubernamental, y el Ejecutivo tiene la
obligación de contestar antes de 20 días.
La pasada legislatura,
el número de preguntas se disparó a niveles desconocidos. A finales de
2007, se superaron las 200.000 contestaciones, casi tanto como en todas
las legislaturas anteriores juntas. Algunos ministerios tenían
funcionarios dedicados exclusivamente a la tarea. Y sigue: el número de
preguntas esta legislatura ya es el doble que en el mismo periodo de la
anterior.
“Hemos tomado una decisión: no facilitamos información
que ya esté en las Cortes”, confirma una fuente de La Moncloa, donde se
centralizan las preguntas. “Les decimos dónde pueden encontrar la
información, pero no se la buscamos nosotros”. En el caso de la
información que requerían Pan y Velasco, lo que les han contestado es
que son las Cortes las que aprueban el Presupuesto. Por tanto,
preguntaban algo que, en teoría, el Senado conoce mejor que el
Gobierno, porque es quien ha aprobado ese gasto.
“La legislatura
pasada nos lo trabajábamos todo lo que podíamos”, explican en el
Gobierno. “En un caso como este, les habríamos buscado la
documentación. A veces, les hacíamos una fotocopia de la publicación en
la que estaban los datos. Pero es que ya no damos abasto”.(…)” Pablo X. de Sandoval – www.elpais.com
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“La conexión entre el principio de independencia y el de responsabilidad
de jueces y magistrados en el ejercicio de la función jurisdiccional ha
sido una de las premisas en las que ha descansado la constitución del
Estado de derecho. Nuestros constituyentes de 1812 la expresaron con la
elocuencia con que suele hacerse en los momentos fundacionales. “Como
la integridad de los jueces es el requisito más esencial para el buen
desempeño de su cargo, es preciso asegurar en ellos esta virtud por
cuantos medios sean imaginables. Su ánimo debe estar a cubierto de las
impresiones que pueda producir hasta el remoto recelo de una separación
violenta. Y ni el desagrado del Monarca ni el resentimiento de un
ministro han de poder alterar en lo más mínimo la inexorable rectitud
del juez o magistrado. Para ello nada es más a propósito que el que la duración de su cargo dependa absolutamente de su conducta,
calificada en su caso por la publicidad de un juicio”. Ahora bien, “la
misma seguridad que adquieren los jueces en la nueva Constitución exige que su responsabilidad sea efectiva en todos los casos en que abusen de la tremenda autoridad que la ley les confía”. (…)
Un poder sin responsabilidad es un poder que tiende inevitablemente
a la corrupción. No me refiero a la corrupción en el sentido de
aprovechamiento económico personal por parte de jueces o magistrados
del ejercicio de la potestad jurisdiccional, sino a la corrupción en el
sentido en que se utilizaba el término a finales del siglo XVIII y
comienzo del XIX, a la corrupción institucional, a la subversión del
lugar que ocupa o, mejor dicho, que debe ocupar el poder judicial en el
Estado.
Ejemplos notorios de esta corrupción institucional los
hemos tenido esta misma semana. La reacción de los jueces de toda
España, protagonizando una huelga encubierta, que es algo que tienen
constitucionalmente prohibido de manera expresa, para intentar impedir
que se exija la responsabilidad que corresponde a uno de sus compañeros
por la dejación acreditada e indiscutida del ejercicio de la función
jurisdiccional durante más de dos años, no puede dejar de ser
calificada de escandalosa, como hizo el editorial de este mismo diario.
De la misma manera que tampoco puede dejar de ser calificado de
escandaloso el escrito suscrito mayoritariamente por magistrados del
Tribunal Supremo, en el que advertían al Consejo General del Poder
Judicial de cómo debían actuar en la resolución del expediente
sancionador al juez cuya conducta está en el origen de la huelga
encubierta a la que acabo de hacer referencia. Aunque los magistrados
de la Sala de lo Contencioso Administrativo no firmaron el escrito, a
fin de no contaminarse ante la posible interposición de un recurso por
el juez frente a la posible decisión sancionadora del CGPJ, el dato de
que era una mayoría abrumadora de los demás magistrados del Tribunal
Supremo la que firmaba el escrito, enviaba el mensaje al Consejo
General del Poder Judicial de que, en caso de que su aviso no fuera
atendido, su decisión acabaría siendo anulada en la sentencia que
resolviera el recurso contra la misma. (…)” Javier Pérez Royo – www.elpais.com
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